Fue en la madrugada de hoy jueves que fue aprobada la nueva Ley de Juicio Político que viene a derogar la anterior Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos. Fueron en total 273 votos a favor y 220 en contra los que permitieron avanzar, en lo general, el proyecto para expedir la Ley Federal de Juicio Político.

Con retraso de más de una hora, a las 21:38 horas, inició la Sesión Ordinaria en el Palacio de San Lázaro.

Para las 23:25 de la noche, por mayoría, se dispensaron los trámites, para comenzar de inmediato a debatir la iniciativa para expedir la Ley Federal de Juicio Político y Declaración de Procedencia.

“Una de las principales consecuencias de este proyecto será la abrogación de una ley anacrónica, plagada de vericuetos legales e incompatible con las ideas de combate a la corrupción e impunidad que, puedo asegurar, unen a quienes hemos sido honrados con esta encomienda legislativa”, señaló el diputado de Morena Jaime Humberto Pérez Bernabé.

Por su parte la diputada del PRI, Ana Lilia Herrera Anzaldo, dijo que primero buscaron un dictamen aprobado en la legislatura pasada para ser discutido en el Pleno. Se dieron cuenta del error del atropelló contra el artículo 228 de nuestro reglamento y, en menos de 3 horas, deciden por el voto ponderado que tienen en los órganos de gobierno, incorporar una iniciativa la orden del día para ser tramitada de urgente resolución, aseguró.

“La complejidad y la importancia de la iniciativa en comentó no permite que está sea discutida de manera tan premeditada”, añadió Mirza Flores Gómez, diputada de MC. La nueva ley, además de contener nuevos lineamientos para su procesamiento, entre otras cosas obliga a los Congresos locales a acatar las decisiones de desafueros del Congreso federal y evitar que se repitan casos como el del gobernador de Tamaulipas, Francisco Javier García Cabeza de Vaca, acusado de delincuencia organizada, lavado de dinero y defraudación fiscal.

Dentro de ello también se realizaron modificaciones respecto al juicio político: se amplía el plazo en que puede iniciarse un procedimiento de este tipo después de la conclusión del encargo, pasando de 1 a 7 años; se aumenta la duración de la inhabilitación que puede imponerse como sanción de 1 a 20 años para quedar en mínimo de 10 años y máximo de 30 años.

Se realizan precisiones procedimentales que se apegan a los principios constitucionales del debido proceso y de garantía de audiencia como son las actuaciones; notificaciones; diligencias; ofrecimiento, calificación y desahogo de pruebas.