El soldado es mexicano, pertenecía a la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena), el elemento perdió la vida al ser enterrado vivo mientras se encontraba en pleno entrenamiento militar en Mexicali, Baja California.
Por lo anterior, Luis Cresencio Sandoval, titular de dicha dependencia, ha recibido una recomendación emitida por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) para que la Sedena repare el daño a los familiares de la víctima.
El hecho se dio hace casi dos años, el 24 de noviembre de 2020, pero ha salido a la luz debido a la intervención de la CNDH ya que la familia ha reportado varias irregularidades.
Según han arrojado las investigaciones realizadas, el soldado se encontraba en un curso de fuerzas especiales en el desierto, en algún momento de esta práctica, el militar a cargo le pidió a él y otros cuatro soldados meterse a un búnker, una vez hecho esto los habrían cubierto de tierra.
Conforme indica el comunicado por Derechos Humanos, los militares responsables del grupo comenzaron a reír, tiempo después cuatro soldados pudieron salir, esto con ayuda de sus compañeros; presuntamente nadie se dio cuenta que uno más se había quedado bajo tierra.
“Una de las personas que había estado enterrada se percató de que había perdido su cargador, por lo que, al buscarlo al interior del búnker apareció la víctima, quien yacía inconsciente, por lo que fue trasladada a un hospital. No obstante, al llegar al nosocomio ya se encontraba sin signos vitales”.
La familia no fue informada de las causas de la muerte, debido a esto pidieron a la CDNH investigar el caso.
La CNDH, señala, por sus investigaciones, que la muerte del soldado sucedió debido a las acciones y omisiones de las personas que estaban a cargo del entrenamiento, principalmente de la persona que ordenó a los soldados entrar al bunker y que los enterraran.
Esto hizo que lograran que un juez girara una orden de aprehensión en su contra.
Parte de la recomendación al titular de la Sedena dice:
“Este Órgano Autónomo solicitó a la SEDENA que se inscriba a las personas afectadas por estos hechos en el Registro Nacional de Víctimas, y que proceda a la inmediata reparación integral del daño ocasionado a las víctimas indirectas, que incluya una compensación justa y suficiente tomando en cuenta la gravedad de los hechos, además de que se les otorgue atención médica integral y psicológica permanente”.