El pleno del Congreso local aprobó cambios a la Constitución Estatal para que, de ahora en adelante, el gobernador no pueda otorgar pensiones vitalicias a funcionarios públicos que no cumplan con los requisitos que establece la ley.
En administraciones pasadas fue algo común que el gobernador en turno, valiéndose de interpretaciones y huecos en la ley, otorgase pensiones vitalicias a allegados con cargo a las aportaciones de los trabajadores en activo, pues a pesar de las disposiciones preventivas que contemplan en la Constitución Federal y en la Ley del ISSSTESON, no existe una protección legal completa que lo evitara.
La adición de una fracción XIV al Artículo 80 de la Constitución Política del Estado de Sonora, contempla ahora que el titular del Ejecutivo Estatal tiene prohibido “otorgar pensiones que no cumplan con los requisitos previstos en la Ley”.

Jacobo Mendoza Ruiz, presidente de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, presentó el dictamen elaborado con base a una iniciativa de Alfonso Durazo en octubre del 2021.
En la argumentación de la propuesta se lee que el sistema de pensiones debe ser en beneficio exclusivo de las y los trabajadores que con sus propios recursos coadyuvan al sostenimiento de dicho sistema, para poder disfrutar de sus frutos cuando llegue el momento de retirarse.
El texto abunda que “resulta injusto que funcionarios públicos, de manera discrecional o sin atribuciones, tomen ese derecho en sus manos y otorguen pensiones a personas que no cumplen con los requisitos de Ley para obtener este beneficio”.
En palabras de gobernador, “encontramos gobernadores anteriores que abusaron de la confianza que les otorgó la ciudadanía” y realizaron esos actos.
La Ley será enviada a los 72 ayuntamientos para aprobación de la mitad más uno de los cabildos, para luego ser publicada en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado para su entrada en vigor.

Redacción: Libera Radio con información de congresoson.gob.mx





