La reforma de “supremacía constitucional” fue publicada el día de hoy en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

Dicha reforma crea un blindaje a la Carta Magna pues impide controversias, amparos y acciones de inconstitucionalidad en contra de las reformas hechas a la Constitución.

El decreto adiciona 1/5 párrafo al Artículo 105 en materia de impugnabilidad de las adiciones o reformas a la Constitución Federal, y reforma el primer párrafo de la fracción II del Artículo 107.

Eso significa que, una vez aprobada,  cualquier modificación a la Carta Magna queda exenta de revisiones o de anulación por parte de los tribunales. 

El quinto párrafo que se adiciona al Arriculo 105 dice: “Son improcedentes las controversias constitucionales o acciones de inconstitucionalidad que tengan por objeto controvertir las adiciones o reformas a la Constitución”.

Respecto a la Reforma el primer párrafo de la fracción II del artículo 107, este indica “no proceder al juicio de amparo contradicciones reformas a la Constitución”.

El Artículo 107 quedó de la siguiente manera:

“Las sentencias que se pronuncian en los juicios de amparo sólo se ocuparán de personas quejosas que lo hubieran solicitado, limitándose a ampararlas y protegerlos, si procediere, en el caso especial sobre el que verse la demanda. Tratándose de juicios de amparo que resuelvan la inconstitucionalidad de normas generales, en ningún caso las sentencias que se den fijarán efectos generales. No procederá el juicio de amparo contra adiciones o reformas a esta Constitución”.

En el DOF se especifica que el objetivo de dichas reformas es evitar cualquier interferencia judicial en los cambios realizados a la Constitución Política de México.




Los artículos transitorios establecen que todas las modificaciones a la Carta Magna entran en vigor este 1 de noviembre de 2024

Cabe recordar que hace unos días en el ministro José Luis González Alcántara Carrancá, realizó un proyecto que busca invalidar parcialmente la reforma judicial ya aprobada y publicada en el DOF, dicho proyecto se discutirá los siguientes días en la Corte, sin embargo, las modificaciones a la constitución que entraron en vigor el día de hoy, apuntan que todos los asuntos que estén en trámite y que busquen impugnar las reformas constitucionales se deberán resolver conforme a estas nuevas disposiciones. Esto incluye todos los casos que hayan sido presentados antes de qué esta reforma entrará en vigor.