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Un tribunal federal ordenó a la Secretaría de las Mujeres y a la Secretaría de Gobernación reanudar el proceso para actualizar el Reglamento de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, una reforma que permanece pendiente desde 2022 y que, de acuerdo con organizaciones civiles, es clave para mejorar el funcionamiento de las Alertas de Violencia de Género en el país.

La resolución fue obtenida por el Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio (OCNF), luego de promover un juicio de amparo contra la omisión del Gobierno Federal de expedir y publicar las modificaciones al reglamento, pese a que la propia ley estableció un plazo de 60 días para hacerlo tras la reforma publicada el 29 de abril de 2022.

El Quinto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito revocó una decisión previa que había negado medidas cautelares y ordenó a las autoridades federales reanudar los trabajos de elaboración del nuevo reglamento. Entre las acciones instruidas se encuentra continuar con la integración, dictaminación y consulta del proyecto, además de emitir un calendario vinculante que contemple las etapas de validación técnica, revisión jurídica y envío a la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal.

El reglamento actualmente vigente data de 2013, por lo que no incorpora las modificaciones realizadas a la ley en 2022. De acuerdo con el OCNF, esta falta de actualización ha generado incertidumbre en la operación de las Alertas de Violencia de Género contra las Mujeres (AVGM), al mantener procedimientos desactualizados y criterios poco claros para las autoridades responsables de su aplicación.

Actualmente existen 26 Alertas de Violencia de Género vigentes en distintas entidades del país. El mecanismo tiene como objetivo coordinar acciones extraordinarias para prevenir y atender la violencia feminicida cuando se detectan altos índices de agresiones contra mujeres y niñas.

Según el Observatorio, la ausencia de un reglamento armonizado ha afectado el funcionamiento de los Grupos Interinstitucionales y Multidisciplinarios, encargados de dar seguimiento a las alertas. Indicó que durante 2025 estados como Campeche, Chihuahua, Jalisco, Quintana Roo y Zacatecas no realizaron una sola sesión de estos grupos, mientras que en otras entidades los procedimientos permanecen retrasados.

La organización también señaló que en estados como Nuevo León, Puebla y Veracruz existen procesos inconclusos o sin avances suficientes para evaluar el cumplimiento de las medidas de prevención, seguridad, justicia y reparación previstas en las declaratorias de Alerta de Violencia de Género.

El OCNF consideró que la resolución judicial representa un paso importante para destrabar una reforma que lleva cuatro años pendiente y permitir que el mecanismo opere con reglas actualizadas, mayor coordinación institucional y procedimientos más claros para la protección de los derechos de las mujeres.

La actualización del reglamento no implica la creación de nuevas Alertas de Violencia de Género, sino la adecuación de las normas que regulan su funcionamiento, con el propósito de hacer más eficiente la respuesta de las autoridades en las entidades donde este mecanismo ya se encuentra vigente.

Fuente: Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio.