La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) validó el decreto emitido en noviembre de 2020 que dio paso a la extinción de 109 fideicomisos y fondos públicos, al determinar que dichos instrumentos son mecanismos auxiliares del Poder Ejecutivo y que su eliminación no vulnera el federalismo ni la división de poderes.

Durante la sesión del pleno, las y los ministros desecharon ocho controversias constitucionales promovidas por los gobiernos de Jalisco, Chihuahua, Nuevo León, Guanajuato, Tamaulipas, Aguascalientes, Coahuila y Michoacán, las cuales buscaban revertir la decisión que permitió al gobierno del entonces presidente Andrés Manuel López Obrador disponer de más de 68 mil millones de pesos.

El ministro Arístides Guerrero sostuvo que la extinción de los fideicomisos no implica una intromisión del Poder Ejecutivo Federal en las facultades de las entidades federativas, ni genera dependencia alguna hacia las decisiones del gobierno central. Asimismo, criticó que la anterior integración de la Corte haya tenido cuatro años para resolver estas controversias sin hacerlo, calificando dicha omisión como “muy irresponsable”.

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Por su parte, la ministra Lenia Batres señaló que diversos fideicomisos presentaban un uso discrecional e ineficiente de los recursos públicos, al detectarse sobre ejercicios presupuestales, desvíos de recursos y transferencias a empresas privadas sin sustento legal.

No obstante, la decisión generó posturas encontradas. La ministra Yasmín Esquivel manifestó su desacuerdo al considerar que la extinción de ciertos fideicomisos, como el destinado a la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, representó una medida regresiva que afectó la garantía presupuestal y perjudicó a las personas víctimas de delitos y violaciones a derechos humanos.

Finalmente, la SCJN resolvió que, pese a la eliminación de estos fondos, los estados pueden continuar ejerciendo plenamente sus atribuciones en áreas como protección civil, defensa de derechos humanos y medio ambiente.