A punta de jurisprudencia, la Suprema Corte ha negado de manera recurrente los derechos a los jubilados y pensionados, pues reafirmaron el UMA (Unidad de medida Actualizada) como base para las pensiones y ha emitido fallos en contra de otras prestaciones.

Así se manifestaron Arturo Figueroa Saucedo, secretario de organización de la Confederación de Jubilados, Pensionaos y del Adulto Mayor de la República Mexicana, y Antonio Torreblanca Arredondo, secretario general de la Coalición Nacional de Jubilados y Pensionados Elpidio Ramírez Castro, Sección Sonora, el día martes 24 frente al edificio del Congreso local.

La Suprema Corte revisaría este miércoles un amparo promovido por la Nueva Central de Trabajadores que busca determinar la inconstitucionalidad de las reformas a la Ley del IMSS y a la Ley de los Sistemas de Ahorro Para el Retiro. Las reformas, vigentes desde enero del 2021, afectan en algunos derechos anteriormente adquiridos según los jubilados.

Sin embargo, el asunto no fue resuelto hoy, sino que se quedó en lista, y se tendrá que volver a señalar una nueva fecha de sesión, que podría ser el siguiente miércoles.

“Estamos planteando la inconstitucionalidad de la reforma, porque además de que es retroactiva, contradice el artículo 26 de la Constitución que reglamenta el uso de las UMAS. El propósito de esta herramienta es para superar problemas administrativos, como multas y préstamos de vivienda, pero no las pensiones. Tan así que la propia Ley del IMSS establece que la pensión mínima garantizada está en base al salario mínimo general (SMG)”, dice Figueroa Saucedo.

Con el aumento del 20% reciente, el salario mínimo quedó en 207 pesos, mientras que el aumento en el UMA fue de 7.82%, para quedar en 103 pesos. “El trabajador pierde un 50, 60% de su salario.”

“Cuando empezó se presentaron demandas, algunas se ganaron, cuando vio esto la SCJN se apura e implementa una jurisprudencia que dice que el cálculo y el pago de la pensión será en UMAs”, dice el secretario.

Según los manifestantes, el 72% de los trabajadores obtiene menos de 5 mil pesos de pensión, mientras que actualmente hay pensiones del IMSS y del ISSSTE de 2 mil pesos, cuando la pensión mínima debería de ser de 7 mil pesos.

“Esto se debe a que los incrementos se hacen en base a la UMA a partir del 2016. Este gobierno, que dice ser de la 4T, desaprovechó la oportunidad histórica de eliminar las afores. A nivel mundial se está dando marcha atrás a la privatización, se está volviendo a la seguridad social solidaria, pero este gobierno le dio vida otros 10 años a las afores”, insiste Figueroa.

Por su parte, Antonio Torreblanca asegura que la SCJN se ha convertido en el garrote del sistema, pues además les ha negado a los jubilados del IMSS y del ISSSTE que se les page correctamente los conceptos de ayuda de despensa y previsión social múltiple.

Según Torreblanca, por cada uno de estos conceptos deberían de obtener hasta 700 pesos, pero ahora por los dos apenas les dan 220 pesos, pues la SCJN dijo que esas prestaciones no tenían aumento.

“La otra agresión es que se está imponiendo a los trabajadores en activo, se pasen del aparado A al apartado B, negándoles definitivamente la mayoría de las prestaciones que tienen derechos”, acusa Torreblanca.

“Nuestras organizaciones son parte del Frente de Jubilados Sonorenses. Le hacemos una invitación a los trabajadores, activos y jubilados, para que se entienda que en la unidad está la fuerza. Tenemos que obligar al Estado a que respete la constitución y los derechos humanos de los trabajadores. Esto se va a echar atrás haya un movimiento obrero nacional con espíritu de lucha”, recalca el manifestante.

El siguiente paso en la lucha, indican, serían las instancias internacionales, como la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.

Anuncian además que el 16 de febrero próximo buscarán consolidad el Frente de organizaciones de jubilados, incluyendo a jubilados del Staus, del Sindicato de Telefonista, etc.

En el boletín de prensa, enlistas algunos de los conceptos de violación señalados en el Amparo:

• La reforma a la Ley del Seguro Social violenta los principios de Universalidad, Interdependencia y Progresividad, en virtud de que es regresiva, pues elimina derechos ya reconocidos, ejercidos y gozados por los trabajadores mexicanos.

• La reforma impone la Unidad de Medida y Actualización (UMA) para determinar la cuantía del pago de las pensiones. la UMA no puede aplicarse para determinar la cuota diaria o la limitante de pago de una pensión, por tratarse de asuntos de naturaleza laboral regidas por el salario mínimo y no administrativas como las multas, los préstamos para viviendas, aspectos que dieron motivo a la UMA.

• La reforma contraviene lo planteado en los Convenios 102 y 128 de la OIT, en virtud de que el Estado propone que la pensión garantizada sea de un 30 por ciento del último salario, o por lo menos $ 2,600 mensuales, cuando la ley IMSS del 73 la mínima garantizada es de $ 7,000 mensuales.

• La reforma propone que cuando la pensión por vejez resulta insuficiente, se tenga que contratar un seguro privado con instituciones bancarias denominado Renta Vitalicia. Actualmente los salarios que se pagan a un trabajador serían insuficientes y sólo un 2 por ciento de los trabajadores lo podrán contratar.

Redacción: Libera Radio.

Foto Principal: https://www.youtube.com/watch?v=PFeUmUKON4w