La reforma se aprobó a raíz de la difusión de imágenes del brutal feminicidio de la joven Ingrid Escamilla, mismas que fueron filtradas por elementos de la Secretaría de Seguridad Ciudadana y de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México.

Fue con 470 votos a favor que la Cámara de Diputados aprobó añadir la fracción 29 al artículo 225 del Código Penal Federal, la llamada “Ley Ingrid”, esto con el fin de sancionar a funcionarios públicos que filtren y difundan imágenes de víctimas de delitos, especialmente de mujeres y menores de edad, con 4 a 10 años de prisión.

También, se prevé que, si la información que se comparta o difunda está relacionada con mujeres, niñas, niños, adolescentes o personas con discapacidad, aumenten las sanciones al menos una tercera parte.

Ahora el dictamen se turnó al Senado en donde se corregirá o aprobará.

Dicha reforma indica que son delitos contra la administración de justicia, cometidos por servidores públicos, “cuando por sí o por interpósita persona, a través de cualquier medio y fuera de los supuestos autorizados por la ley, fotografíe, copie, filme, audiograbe, videograbe, reproduzca, difunda, entregue, revele, remita, comparta, distribuya, publique, transmita, exponga, oferte, intercambie o comercialice, imagen, audio, video, documento, información, indicio, evidencia u objeto alguno relacionado con un procedimiento penal, las condiciones personales de una víctima o las circunstancias de hecho o hechos que la ley señale como delitos”.

Ingrid Escamilla fue apuñalada, asesinada y descarnada por su pareja sentimental Erick Francisco ‘N’ de 46 años, el 9 de febrero de 2020. El caso que conmocionó a México fue conocido mundialmente debido a que las imágenes de las escenas dantescas fueron filtradas por elementos de la policía.