Este jueves fue publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el decreto conocido como “Plan B” de la reforma electoral, promulgado por la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo, luego de ser aprobado por el Congreso de la Unión y la mayoría de las legislaturas estatales.

La reforma modifica los artículos 115, 116 y 134 de la Constitución, con cambios en la integración de ayuntamientos, congresos locales, remuneraciones de autoridades electorales y nuevas reglas de austeridad presupuestal.

En el caso de los municipios, se establece que cada ayuntamiento tendrá hasta 15 regidurías y se refuerzan criterios de paridad de género, igualdad sustantiva y perspectiva de género. También se prohíbe que familiares directos del titular saliente puedan contender por la presidencia municipal, sindicaturas o regidurías, como medida contra el nepotismo.

Respecto a los congresos estatales, sus presupuestos no podrán exceder el 0.7 por ciento del presupuesto total de cada entidad. Además, se elimina la reelección inmediata de diputaciones locales, aunque suplentes podrán competir como propietarios si no ejercieron el cargo.

En materia de órganos electorales, consejeros y magistrados no podrán percibir remuneraciones superiores al límite constitucional fijado para el Poder Ejecutivo federal. También se restringen prestaciones como seguros médicos privados o beneficios no contemplados en la ley.

El decreto entrará en vigor este viernes 24 de abril. Asimismo, ordena ajustes presupuestales graduales y dispone que el Instituto Nacional Electoral (INE), organismos electorales locales y tribunales estatales adecúen su normativa interna.

Los congresos estatales y autoridades locales tendrán hasta el 30 de mayo de 2026 para armonizar sus leyes con los nuevos lineamientos. Mientras la mayoría legislativa defiende la reforma como un avance en austeridad y transparencia, sectores de oposición han advertido posibles riesgos para la autonomía de los órganos electorales.