La legislación vigente en el estado permite la adopción de embriones, pero no los contratos de subrogación de vientre, este hueco legal facilitaría que cierta parte del proceso sí se hiciera en el estado, aunque también muchas familias optan por trasladarse a otros estados sin importar el costo monetario
Por Lado B @ladobemx
Por Jovana Espinosa
Ana Lu* tiene 48 años y lleva más de una década intentando convertirse en madre. A sus 24 años perdió un producto, después quedó embarazada dos veces, pero en ninguna de las ocasiones el bebé fue compatible con la vida. Ante los riesgos para su salud y la de su descendencia, decidió intentar mediante la gestación subrogada.
De Querétaro viajó a Tabasco, único estado del país que hace diez años tenía una regulación específica sobre maternidad subrogada y que durante años se convirtió en destino frecuente para parejas mexicanas y extranjeras. Allí llevó a cabo un proceso, que le costó un millón 100 mil pesos, aproximadamente, y al final el feto fue desechado por la mujer gestante.
La experiencia le dejó a Ana Lu una sensación constante de mercantilización: los doctores se veían más interesados en el dinero que en ayudarle realmente.
Actualmente, en Querétaro la maternidad subrogada está en una contradicción: se prohíbe la contratación de una mujer para la gestación, pero se admite la adopción y transferencia de embriones. Es por eso que Ana Lu realizó un nuevo proceso en Guadalajara, Jalisco, y no sería la única.
Claroscuro en el marco legal
La abogada e investigadora Beatriz Pérez Espíndola comenzó a estudiar la gestación subrogada desde el derecho familiar y civil al detectar vacíos que posibilitan la práctica.
Y es que el Código Civil contempla desde 2011 un capítulo denominado “De la adopción de embriones”. El artículo 399 señala que este procedimiento consiste en transferir un embrión al útero de otra mujer para completar la gestación y posterior nacimiento. Sin embargo, el artículo 400 establece que “las parejas adoptantes de embriones no podrán procurar la maternidad asistida o subrogada, ni contratar el vientre de una tercera mujer para la gestación del embrión”.
Para la especialista, ahí aparece una de las contradicciones centrales: el Código regula procesos derivados de fertilización in vitro y transferencia embrionaria, pero al mismo tiempo prohíbe la subrogación. En la práctica, explicó, eso genera interpretaciones ambiguas sobre hasta dónde llega la prohibición y cuáles procedimientos pueden realizarse mediante contratos privados o fuera de la entidad.
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La legislación también establece requisitos para la adopción de embriones crioconservados, como demostrar infertilidad, recibir asesoría médica y psicológica y sujetarse a procesos judiciales. Incluso prohíbe seleccionar el sexo del futuro hijo/a o rechazar al producto por enfermedades o discapacidades. Aun así, la abogada señala que muchas veces los procedimientos médicos y notariales relacionados con reproducción asistida terminan operando en espacios poco claros jurídicamente.
De acuerdo con registros sanitarios, en Querétaro existen nueve clínicas con licencia sanitaria emitida para establecimientos que realizan actos quirúrgicos y obstétricos, incluyendo procedimientos ambulatorios de reproducción asistida.
Aunque estas autorizaciones no implican permiso para maternidad subrogada, sí hay al menos una clínica que en su página de internet, a través de su filial Subrogate México, ofrece los servicios.
Una mujer queretana que se sometió a un proceso de fertilización in vitro relató que el tratamiento implicó meses de inyecciones hormonales, revisiones médicas constantes, preparación del endometrio y medicamentos diarios para lograr que el cuerpo estuviera listo para recibir un embrión. Aunque ella misma llevó el embarazo, los médicos le señalaron que la preparación para una mujer gestante es prácticamente la misma en la etapa de transferencia embrionaria.
—Son los mismos cuidados y la misma preparación del cuerpo para poder recibir un embrión —relató.
Además, dentro de los consentimientos informados que tuvo que firmar existían apartados relacionados con donación de embriones y recepción de embriones de terceros, lo que le hizo cuestionarse hasta dónde llegan realmente este tipo de procedimientos en clínicas privadas.

Imagen de un contrato de reproducción asistida, donde se habla de la donación de embriones. Crédito: Cortesía entrevistada.
Turismo reproductivo
De acuerdo con la abogada Beatriz Pérez no existe certeza de que la subrogación no ocurra dentro de la entidad, esto debido a los vacíos legales que persisten en la regulación sobre reproducción asistida. Tan solo la existencia de clínicas autorizadas para procedimientos como fertilización in vitro, transferencia embrionaria y crioconservación de embriones permitiría que parte de los procesos médicos sí puedan desarrollarse legalmente, mientras que los acuerdos relacionados con gestación subrogada se desplacen hacia esquemas privados o fuera del estado.
Para la especialista en derecho familiar, la legislación queretana contiene “claroscuros” porque regula técnicas de reproducción asistida, pero prohíbe la subrogación sin establecer mecanismos claros de vigilancia o seguimiento.
Una madre de intención, como se denomina a quien recurre a la subrogación, dijo que las parejas queretanas optan por trasladarse a entidades como Tabasco, Ciudad de México o Jalisco para continuar sus tratamientos.
De acuerdo con testimonios recabados hay diversos casos de personas que recurrieron a hacer turismo reproductivo, sin embargo muchas veces el tema permanece en silencio por temor al juicio social o por la falta de certeza jurídica alrededor de estos procedimientos.
Según Genaro Vega Malagón, de la Comisión de Arbitraje Médico de Querétaro, en una ponencia de 2024, el turismo reproductivo es el desplazamiento de personas a un lugar fuera de residencia para recibir un tratamiento de reproducción asistida. En México el turismo médico, señaló el especialista, ha crecido a un ritmo anual de 33.7% entre 2013 y 2018 en el país, principalmente en las ramas de reproducción y ginecología, dermatología y procedimientos estéticos.

Imagen de la ponencia de Genaro Vega, en la XLI Sesión Ordinaria del Consejo Mexicano de Arbitraje Médico.
Aunque Tabasco fue durante años el principal referente por contar con regulación específica en la materia, actualmente también existen procesos y clínicas en otras ciudades donde las parejas buscan médicos, mujeres gestantes o acuerdos privados, ya que aunque solo en pocas entidades está regulado, en la gran mayoría del territorio nacional existen clínicas que realizan el procedimiento.
El deseo de ser madre
Ana Lu cuenta que a los 24 años perdió un producto. Después logró un embarazo que llegó a término, pero el bebé murió tras nacer, debido a malformaciones renales. Años más tarde quedó embarazada otra vez, pero derivó en cuatro microinfartos cerebrales, trombosis venosa profunda y una embolia pulmonar, que los médicos diagnosticaron como síndrome antifosfolípido, una enfermedad autoinmune.
Ante esta situación optó por la gestación subrogada. Su primera experiencia en Tabasco, relata, estuvo marcada por costos elevados, contratos notariales, seguros médicos, seguros de vida, pagos semanales a la mujer gestante y una sensación constante de mercantilización. En esa ocasión desembolsó alrededor de un millón 100 mil pesos, esto hace una década, hoy calcula que un proceso similar sería todavía más caro.
El embarazo finalmente no se logró, ya que después de transferir el óvulo fecundado a la madre gestante, este fue desechado.
Decidió por muchos años no volverlo a intentar, sin embargo recientemente inició un nuevo proceso en Guadalajara, Jalisco, bajo un esquema distinto: ella misma contactó a la mujer gestante y el médico únicamente supervisa la parte clínica.
La diferencia entre ambos procedimientos ha sido también humana, dice Ana Lu. Mientras en Tabasco sintió una dinámica empresarial y controlada, en Guadalajara percibe un mayor acompañamiento y menor intervención económica de la clínica, en la relación con la mujer gestante.
—En Tabasco sí sentí que todo era mucho dinero. Pagabas por entrar al programa, pagabas al notario, el tratamiento, el seguro y todo el tiempo era dinero. Los doctores se veían más interesados en eso que en ayudarte realmente —narra.
Un mercado en crecimiento
Además de los vacíos legales, la investigadora Beatriz Pérez Espíndola advirtió que uno de los problemas centrales es que la discusión sobre maternidad subrogada en México ha avanzado más rápido en el mercado privado que en el debate público y jurídico. Señaló que mientras las técnicas de reproducción asistida sí están reconocidas en la Ley General de Salud, la figura de la madre gestante permanece prácticamente invisibilizada en muchas legislaciones estatales, lo que deja la resolución de conflictos en manos de tribunales.
—Tenemos legislaciones que hablan de fecundación extrauterina, de implantación de gametos o de técnicas de reproducción asistida, pero borran completamente a la mujer. El problema es que el cuerpo de la madre físicamente, psicológicamente y económicamente sí sufre daños y la dignidad humana no puede ser materia de transacción —explicó.
La especialista sostuvo que en estados donde existe regulación, como Tabasco, Coahuila o Sinaloa, los marcos normativos tampoco garantizan plenamente los derechos de las mujeres gestantes. En algunos casos, dijo, las disposiciones se concentran más en establecer requisitos médicos y controles sobre las mujeres, que en generar mecanismos de protección integral o acompañamiento jurídico y psicológico.
También alertó sobre la expansión de una industria paralela integrada por clínicas, notarías, despachos jurídicos y agencias intermediarias que operan alrededor de estos procedimientos. Aunque muchas empresas no realizan directamente la fecundación, sí reclutan mujeres, elaboran contratos, gestionan estudios médicos y vinculan a las partes con clínicas especializadas.
La investigadora consideró que la falta de regulación homogénea también favorece lo que definió como “mercados reproductivos” que se trasladan entre entidades dependiendo de las restricciones legales. Indicó que, tras el endurecimiento de requisitos en Tabasco, comenzaron a crecer esquemas en ciudades donde no existe regulación específica o donde predominan criterios ambiguos sobre reproducción asistida.
—Lo que ocurre es que el mercado se mueve hacia donde hay menos vigilancia y más vacíos legales. Por eso vemos casos en Guadalajara o en otras ciudades donde no necesariamente está regulado, pero tampoco existe una prohibición clara —sostuvo.
De acuerdo con información de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris), de enero de 2004 a marzo de 2026, se dieron 99 licencias sanitarias relacionadas con reproducción asistida, el 40% de ellas se encuentran justamente en Ciudad de México y Guadalajara, donde no está regulada la práctica.
Filiación en duda
Otro factor que debe de considerarse, de acuerdo con la especialista, es que no existen estadísticas públicas claras sobre las condiciones socioeconómicas de las mujeres gestantes, pues gran parte de la información permanece en expedientes clínicos o en manos de empresas privadas, que no transparentan sus procesos.

La abogada Beatriz Pérez Espíndola consideró que hay poca información sobre las mujeres gestantes, ya que esa información se queda en las clínicas privadas. Crédito: Jovana Espinosa.
La abogada añadió que muchos de los conflictos derivados de estos procedimientos terminan judicializados, porque las leyes no definen con claridad quién es considerada la madre en caso de disputas.
—Ninguna legislación quiso entrarle realmente a definir qué significa ser madre en estos casos —afirmó.
La especialista sostuvo además que el debate está atravesado por presiones culturales y de género relacionadas con la maternidad biológica y la preservación de la carga genética. Indicó que muchas mujeres enfrentan sentimientos de culpa por no poder embarazarse y una presión social constante alrededor de la idea de formar una familia biológica.
El estudio denominado “Elecciones reproductivas: ¿es la adopción una alternativa a la gestación subrogada?”, de la Universidad Complutense de Madrid, coincide en esto al señalar: “la visión esencialista que identifica las conexiones biogenéticas como los elementos originarios y constitutivos de las relaciones de parentesco –objetivados en semejanzas fenotípicas, corporales, actitudinales y de comportamiento– está en la base no solo de nuestro sistema cultural sino también de la mayoría de sistemas jurídicos occidentales que regulan el nacimiento y la filiación”.
Para Ana Lu, por ejemplo, el deseo profundo de tener un hijo biológico está relacionado con la posibilidad de transmitir sus genes. Aunque ella y su esposo consideraron adoptar, cuestión que se complicaría por su edad, le gustaría que su bebé tuviera el temperamento de su pareja.
—No somos los que tenemos el mejor carácter, pero mi esposo es muy tranquilo. Imagínate que me tocara alguien que adopte y que viene ya bien acelerado; tal vez ni la edad tenemos. Sí me gustaría criarlo yo desde chiquito —expresa.
De acuerdo con la Universidad Complutense de Madrid, los padres de intención heteroparentales tienden a darle más peso al vínculo bio-genético que a las relaciones de parentesco socializado, en relación con las familias homoparentales o monoparentales.
Ante toda esta situación, Beatriz Pérez, como abogada especialista en lo familiar, consideró que la discusión no puede reducirse únicamente a contratos civiles o avances médicos, sino que debe incluir derechos humanos, bioética, desigualdad y perspectiva de género.
* El nombre de la mujer fue modificado, debido a que prefiere guardar el anonimato.
** Este trabajo fue realizado bajo la coordinación y propuesta de la Comisión de Investigación de la Red Nacional de Periodistas (RNP).
*** Foto de portada: generada por IA (Gemini)





