El Gobierno del Estado de Chihuahua indemnizó a una adolescente víctima de violación a quien en 2023 se le negó el acceso a un aborto legal conforme a la Norma Oficial Mexicana 046, tras un fallo judicial que reconoció la violación a sus derechos humanos.
El pago de la reparación del daño fue confirmado por las organizaciones Marea Verde Chihuahua y AbortistasMx, quienes acompañaron legalmente a la víctima y calificaron el hecho como una “victoria histórica” sin precedente en la entidad.
De acuerdo con las colectivas, la indemnización implica el reconocimiento de responsabilidad por parte de las autoridades estatales de salud, al haber obstaculizado de manera indebida el derecho de la adolescente a interrumpir el embarazo producto de una violación.
Pese a la negativa inicial, la víctima pudo acceder a un aborto seguro únicamente después de que una jueza de Distrito le concediera una suspensión de amparo. El monto de la indemnización no fue revelado y, hasta el momento, el Gobierno de Chihuahua no ha emitido información oficial sobre el caso.
Las organizaciones señalaron que los Tribunales Colegiados del Décimo Séptimo Circuito determinaron que la negativa constituyó una violación grave a derechos fundamentales y ordenaron resarcir el daño ocasionado por la violencia institucional y el trauma generado.
Asimismo, denunciaron que, a casi tres años de ocurrido el caso, el sistema de salud estatal continúa resistiéndose a garantizar el acceso al aborto, incluso después de que en mayo de 2024 tribunales federales ordenaran la prestación del servicio de aborto voluntario, y de que en enero de 2025 la Suprema Corte de Justicia de la Nación declarara inconstitucional la criminalización del aborto en Chihuahua.
“Esta victoria envía un mensaje contundente: en Chihuahua negar el aborto por violación no solo es ilegal, es una violación a los derechos humanos y tendrá consecuencias reales”, afirmaron las organizaciones en un comunicado conjunto.
Finalmente, hicieron un llamado al Sistema Estatal de Salud para que el cumplimiento de esta sentencia incluya garantías de no repetición, a fin de que ninguna otra persona tenga que recurrir a un juicio de amparo para acceder a un servicio de salud urgente.






