En un caso que sienta un precedente sobre la libertad de expresión en redes sociales y la violencia política de género, la ciudadana de Hermosillo y apasionada tuitera (antes twitter, ahora X) Karla María Estrella, ha sido sancionada por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

La resolución se da luego de que Estrella cuestionara en su cuenta de X a la diputada Diana Karina Barreras Samaniego, del Partido del Trabajo (PT), esposa de Sergio Gutiérrez Luna, presidente de la Cámara de Diputados.

La polémica se dio luego de que el pasado 14 de febrero del 2024 Estrella publicara en su red social X :

“Así estaría el berrinche de Sergio Gutiérrez Luna para que incluyeran a su esposa, que tuvieron que desmadrar las fórmulas para darle una candidatura. Cero pruebas y cero dudas”. haciendo referencia a la extraña postulación de Karina Barreras Samaniego como candidata a diputada federal por el distrito 3 de Hermosillo, con la coalición de la 4T.

Karla María Estrella, conocida por su “activismo” en redes sociales ha señalado las deficiencias de figuras públicas en diversas ocasiones. Pero esa publicación fue la que la llevó a recibir una notificación por la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) el 24 de febrero de 2024.

Karla María Estrella

La diputada Barreras Samaniego tuvo la bizarría de solicitar medidas cautelares en su contra por la supuesta comisión de hechos que podrían constituir violencia política en razón de género.

La Unidad Técnica Ejecutiva del INE solicitó a Estrella que explicara el objetivo de su publicación y presentara documentación que justificara sus afirmaciones. En ese momento, Karla María Estrella manifestó su preocupación ya que consideró que la figura de violencia política de género estaba siendo utilizada de manera facciosa, además, su información personal como su dirección y nombre completo, fueron incluídos en los acuerdos del INE.

Más de un año después, el TEPJF ha determinado que, aunque el mensaje de Estrella no constituía calumnia, sí configuraba violencia política de género. La Sala Regional Especializada del TEPJF argumentó que la publicación de Estrella sugería que la candidatura de Barreras Samaniego se debía únicamente a su relación con su esposo, lo cual menoscaba sus capacidades.

El magistrado Reyes Rodríguez Mondragón sostuvo que la expresión de Estrella se limitaba a una crítica hacia un servidor público por presunto nepotismo o influyentismo.

Sergio Gutiérrez Luna y Diana Karina Barreras

La visión de Mondragón fue rechazada por la magistrada presidenta Mónica Soto, quien defendió la sanción, argumentando que “uno de los argumentos que se utilizan de manera muy recurrente para invisibilizar o menoscabar las capacidades de las mujeres es llevarlas siempre a la esquina de la pertenencia o la dependencia de algún hombre”.

Por su parte, el magistrado Felipe Fuentes coincidió con la postura de Mónica Soto, señalando que el comentario desestima los méritos de la diputada al reducir su candidatura a la supuesta influencia de su cónyuge.

Como consecuencia de la resolución del TEPJF, la tuitera Karla María Estrella está obligada a pagar una multa, ofrecer disculpas públicas por 30 días, tomar un curso de género, realizar lecturas obligatorias de bibliografía especializada y publicar la sentencia en sus redes sociales.

Pero eso no es todo, a lo anterior se une que la “activista” tuitera, que ahora asegura ser una simple ama de casa, será inscrita en el Registro de Personas Sancionadas del INE por 18 meses.

Todo lo anterior crea un precedente que podría influir en la interacción de la ciudadanía con las figuras públicas y el abuso de una herramienta legítima contra la violencia de género, pero usada como arma de censura en México.