La diputada Elia Sahara Sallard Hernández, integrante del grupo parlamentario de Morena, presentó una iniciativa para que los establecimientos que cuenten con estacionamientos en espacios abiertos, arboricen los mismos con un metro cuadrado entre cada árbol o, en caso de ser estacionamiento en zona de azotea, se coloquen macetones con un metro cuadrado entre cada uno.
La iniciativa adiciona un artículo 15 bis a la Ley para la protección, conservación y fomento del árbol en las zonas urbanas del Estado de Sonora, a la vez que establece en un artículo transitorio un periodo de cuatro meses para que los establecimientos que estén en funciones cumplan con el precepto propuesto, así como los que aún no entran en funcionamiento no puedan hacerlo si no cumplen con la arborización planteada.
La propuesta tiene como objetivo generar acciones que ayuden a combatir el cambio climático, además de tener una ciudad con una infraestructura verde bien planificada, con lo cual se vuelve más sostenible, mejora la calidad de vida y conserva los ecosistemas.
“El Cambio Climático es un grave problema que la humanidad ya está enfrentando. Dada la importancia que tienen los árboles en la vida del ser humano y sobre todo para quienes vivimos en Sonora; es de vital importancia llevar a cabo una estrategia de arborización en nuestros municipios, ya que desgraciadamente con el crecimiento de nuestras ciudades ha dejado de ser una prioridad la plantación de un árbol en las escuelas, en las plazas, en nuestras casas, en los edificios públicos, entre otros lugares; siendo un caso muy particular y que motiva la presentación de esta iniciativa, el caso de los estacionamientos de los centros comerciales”, apuntó.
Sallard Hernández mencionó que la Comisión de Ecología y Desarrollo Sustentable del Estado de Sonora, contará con un plazo de treinta días naturales para actualizar el Reglamento de la Ley de para la Protección, Conservación y Fomento del Árbol en las Zonas Urbanas del Estado de Sonora, a efecto de establecer una sanción por la violación a lo dispuesto en el artículo 15 Bis del presente Decreto, la cual no podrá ser menor a cien veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización vigente a la fecha de la infracción.
Se turnó para estudio a la Comisión de Energía, Medio Ambiente y Cambio Climático.
Fuente: Boletín Informativo.





