El productor Luis de Llano recuperó su libertad la tarde del jueves, después de permanecer bajo arresto administrativo por incumplir medidas ordenadas dentro de la sentencia por daño moral obtenida por Sasha Sokol, quien acreditó judicialmente haber sido víctima de abuso sexual cuando era menor de edad.

De Llano salió alrededor de las 18:00 horas del Centro de Sanciones Administrativas y de Integración Social San Fernando, en Ciudad de México, luego de que una jueza del Tribunal Superior de Justicia capitalino emitiera dos órdenes de arresto de 15 horas como medidas de apremio por dos incumplimientos distintos.

El productor había sido detenido el miércoles 2 de septiembre en la colonia Polanco por elementos de la Secretaría de Seguridad Ciudadana y trasladado al centro de sanciones.

¿Qué se negó a cumplir?

Las órdenes derivaron de dos obligaciones establecidas en la resolución judicial: grabar y presentar ante el juzgado una disculpa pública dirigida a Sasha Sokol y publicar una síntesis de la sentencia que confirmó su responsabilidad por daño moral.

Su liberación no significa que esas obligaciones hayan desaparecido. De Llano continúa obligado a cumplir ambas medidas.

La representación legal de Sokol ha advertido que, si persiste el incumplimiento, la conducta podría escalar a un procedimiento penal por desobediencia a una resolución judicial, con una posible pena de hasta cinco años de prisión. Se trata, por ahora, de un escenario advertido por los abogados de la cantante y no de una nueva condena contra el productor.

La Suprema Corte confirmó la sentencia

El proceso se originó después de que Sokol hiciera público en 2022 que De Llano inició una relación con ella cuando tenía 14 años y él 39, en una época en la que ella formaba parte de Timbiriche y él era su productor.

Sokol acudió a la vía civil por daño moral y obtuvo una sentencia favorable que posteriormente fue impugnada por De Llano.

En 2025, la Suprema Corte de Justicia de la Nación confirmó la resolución y reconoció las características particulares de los casos de violencia sexual sufrida durante la infancia, entre ellas que las víctimas pueden necesitar años para comprender, procesar y verbalizar lo ocurrido antes de estar en condiciones de denunciarlo.

El asunto penal por los hechos ocurridos décadas atrás había prescrito, pero la Corte determinó que esa prescripción no impedía reclamar por la vía civil la reparación del daño derivado de violencia sexual sufrida durante la infancia.

De Llano intentó además promover un amparo mientras se encontraba detenido; sin embargo, su salida ocurrió después de cumplirse las medidas de arresto administrativo.